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«Fiat iustitia,
et pereat mundus
La expresión incorporada en la imagen se le atribuye a Fernando I de Habsburgo, «hágase justicia, aunque perezca el mundo» y a la que después Hegel le otorgó su impronta con otra de similar factura: «fiat iustitia ne pereat mundus», hágase justicia para que no perezca el mundo. No es baladí afirmar que con el transcurso del tiempo hemos asistido a una importante transformación en la mentalidad del individuo, que en mayor o menor medida de sus derechos, y en función del fácil acceso a la información, reclama bajo el paraguas legal que le otorga la legislación vigente.
Marco legal
El «renovado» marco legal en el que las Sociedades y sus Directivos han de desarrollar su función económica no deja lugar a dudas de la necesidad de una cobertura que otorgue seguridad patrimonial al resultado de sus actuaciones.
¿De qué marco legal hablamos?
a) Ley de Sociedades de Capital (R.D. 1/2010 de 2 de Julio), en el que destacamos dos apartados:
Deberes de los Administradores, arts 225 al 232.
La Responsabilidad de los Administradores, arts 236 al 241.
b) Reforma del Código Penal (Ley Orgánica 1/2015 de 30 de Marzo), en el que destacamos las principales novedades:
Responsabilidad Civil Penal de las Personas Jurídicas, arts 31 bis, ter, quater y quinquies, en dónde ya se refuerza el concepto de compliance penal.
Administración Desleal, art. 252.
Corrupción en los Negocios, arts 286 bis, ter y quater.
Delitos Societarios, arts 290 a 297.
Delitos contra los Derechos de los Trabajadores, arts 311 a 318.
Actualidad
¿Qué se ha hecho al respecto en las empresas españolas?
Según el estudio realizado por Marsh en 2013, el grado de contratación de este tipo de cobertura entre las empresas españoles fue el siguiente:
Empresas del IBEX 100%.
Sociedades Cotizadas 75%.
Sociedades no Cotizadas 52%.
Pymes 34,5%.
¿Por qué no se contrata?
Las principales razones son:
No se conoce 49%.
No valoran el riesgo 8%.
Coste 12%.
Reclamaciones
¿De dónde provienen las reclamaciones?
De la Junta de Accionistas 41,8%.
Empleados 34,5%.
Acreedores 11,9%.
Clientes 5,7%.
Administración 3%.
¿Contra quién se dirigen las reclamaciones?
CEO 75%.
Presidente 38%.
CFO 36%.
Directivos 35%.
Director General 25%.
Coberturas
En un entorno económico cada vez más complejo y competitivo, nos encontramos con un 34% de PYMES que tienen contratada esta cobertura, y un 50% del total de corporaciones que no la tienen. Supone un gran reto para el Mediador Profesional aportar valor a sus clientes sobre esta materia.
¿Quién ha de ser asegurado en este tipo de cobertura?
a) Cualquier administrador, alto cargo o fundador de la compañía.
b) Los herederos, legatarios y representantes legales de un administrador o alto cargo de la compañía fallecido o legalmente declarado incapacitado o concursado.
c) Cónyuge o pareja de hecho de un administrador o alto cargo de la compañía.
d) Cualquier empleado de la compañía:
- Cuando se alegue que ha cometido un acto de gestión negligente en calidad de administrador o alto cargo de la compañía.
- En cualquier reclamación cuando un empleado resulte codemandado junto con un administrador o alto cargo de la compañía.
- En cualquier reclamación por prácticas laborales.
e) Los liquidadores de la compañía en los casos de disolución voluntaria de la misma.
¿Qué estructura de coberturas presentan este tipo de pólizas?
a) Responsabilidad civil de administradores y altos cargos.
- Finanzas civiles y constitución de finanzas penales.
- Adelanto de gastos de defensa judicial o extrajudicial.
b) Inhabilitación profesional de administradores y altos cargos.
c) Cobertura para sociedades filiales y participadas.
d) Cobertura en operaciones de valores.
e) Responsabilidad concursal.
- Gastos de constitución del aval concursal.
f) Gastos de representación legal en una investigación.
- Gastos de inspección en materia de defensa de la competencia.
- Sanciones administrativas.
g) Gastos de extradición, publicidad y gerencia de riesgos.
h) Responsabilidad tributaria.
i) Evitación de embargo.
j) Cobertura para antiguos administradores y altos cargos (4 años).
Garantías
Ámbito Temporal.
Ámbito Geográfico.
Cargos directivos en sociedades filiales.
Cargos directivos en sociedades participadas.
Nuevas sociedades filiales.
Representantes en nuevas sociedades participadas.
FIANZAS/AVALES
- Gastos constitución fianzas civiles.
- Gastos constitución fianzas penales.
- Constitución fianzas civiles.
- Constitución fianzas penales.
- Gastos constitución aval concursal
PRÁCTICAS DE EMPLEO
- Reclamaciones por prácticas de empleo al administrador.
- Reclamaciones por prácticas de empleo a la sociedad.
CONTAMINACIÓN
- Gastos de defensa en reclamaciones por contaminación. Daños al medio ambiente.
- Pago de prejuicios financiero derv. por contaminación.
RECLAMACIONES A LA SOCIEDAD
- Gastos defensa penal a la sociedad.
OTRAS GARANTÍAS
- Antiguos administradores.
- Ampliación cobertura conyuges, herederos legales.
- Ampliación a representantes en participadas.
- Asistencia psicológica.
- Gastos de publicidad.
- Gastos de comunicación/Protección de reputación
- Sanciones administrativas. Multas y sanciones.
- Deudas tributarias.
- Responsabilidad tributaria.
- Gastos de gestión de crisis/Gerencia de riesgos: minimizar pérdidas.
- Gastos de emergencia.
- Gastos de representación legal en investigación formal.
- Gastos de extradiación.
- Gastos de reembolso a la sociedad.
- Gastos en respuesta a una autoridad reguladora.
- Gastos de privación de bienes.
- Responsabilidad como fundador.
- Cyber privacidad y revelación de información confidencial.
- Abogados internos.
- Gastos de defensa/Libre elección de abogados.
- Administradores jubilados.
Documentación
CÓDIGO
PENAL
SOCIEDADES
DE CAPITAL
TIPOS DE
RECLAMACIONES
GARANTÍAS